Usufructo de la vivienda familiar
Tras la separación, entre otras cosas, en el convenio regulador se especifica el uso y disfrute de la vivienda familiar, la cual normalmente se adjudica a los hijos y al cónyuge que posee su custodia. Esta atribución nos es por tiempo ilimitado, sino que se pueden dar una serie de circunstancias por las que los usufructuarios dejen de serlo, por ejemplo:
Los hijos pierden el derecho al usufructo de la vivienda familiar una
vez se emancipen o sean independientes económicamente
El cónyuge usufructuario, pierde el derecho automáticamente en el
mismo instante que deje de tener la custodia de los hijos, siempre y
cuando este también tenga recursos económicos.
Si, existe un segundo domicilio y la vivienda familiar no es utilizada
como residencia habitual. 

